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Un juez cuestiona la validez de miles de multas de Tráfico por el margen de error de los radares

Una reciente sentencia ha estimado la reclamación promovida por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus socios, y ha anulado la sanción de 300 euros y la detracción de 2 puntos, reduciéndola a 100 euros, explica esta asociación en un comunicado.

La sentencia razona que “el margen de error para superar la verificación periódica de instrumentos estáticos es del 5% para velocidades superiores a 100 km/h.

La velocidad imputada (153 km/h) coincide con la medida por el cinemómetro”.  La aplicación del margen de error estimado daría una velocidad inferior a 150 km –en concreto de 145, 35 km/h. 

Además, AEA señala importantes municipios que tampoco estarían aplicando correctamente los márgenes de error de los radares. Tal es el caso de ayuntamientos como el de La Coruña, Alicante, Murcia, Valencia, Valladolid, y Zaragoza.

En contraposición, AEA señala el caso de otras capitales que sí están haciendo una interpretación correcta de la Ley. Entre estos están los municipios de Madrid, Barcelona, Bilbao, Córdoba y Málaga.

De esta forma, por una misma infracción, como circular a 74 km/h. en una vía limitada a 50 km/h., los municipios del primer grupo estarían imponiendo sanciones de 300 euros y dos puntos del carnet, mientras que los del segundo grupo tan solo 100 euros y sin detracción de puntos.

Fuente: Heraldo de Aragón.

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