La importancia de tener un buen seguro en caso de accidente
La circulación de vehículos a motor es una actividad peligrosa. Cada año se producen en España miles de siniestros por accidentes de circulación, algunos de ellos con consecuencias muy graves o incluso letales.
Esta peligrosidad unida a la estadística sobre accidentes de tráfico, llevaron a las autoridades en su momento a establecer legalmente la obligatoriedad de tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil para responder de los daños a terceros en caso de accidentes de tráfico. La norma que recoge la obligación de tener un seguro de vehículo es El Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Responsabilidad Civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Coberturas mínimas obligatorias por Ley
El seguro básico de accidente de tráfico cubre únicamente los daños ocasionados con nuestro vehículos a terceros cuando el conductor de nuestro vehículo sea considerado como culpable del siniestro. De lo que se trata es que se paguen las indemnizaciones a que haya lugar por un accidente de circulación ya que de no existir este seguro obligatorio, en muchos casos el conductor no podría atenderlas. Hay dos tipos daño que cubre el seguro:
- Los daños personales. Estos daños indemnizan lesiones causadas a terceros (o el fallecimiento) como consecuencia del accidente a conductores, pasajeros y peatones. Aquí se incluyen gastos médicos, tratamientos, medicinas, consultas, desplazamientos a consultas, los días de baja, etc.
- Daños materiales. Todos los daños ocasionados en vehículos no culpables u otros objetos o bienes, como ropas, equipajes, mobiliario de la vía, ya sea público o privado.
¿Esto implica que la existencia de seguro exime la responsabilidad del conductor en la causación del accidente? Rotundamente no. El conductor culpable es el responsable directo pero el espíritu de la norma es que haya un seguro que garantice el cobro de las indemnizaciones a los perjudicados. Dicho de otra manera, el seguro pagaría los daños a terceros pero después en determinados casos puede reclamarlos al conductor o al tomador del seguro. Esto lo vemos por ejemplo en los daños ocasionados en accidente de tráfico producido en una conducción bajo los efectos del alcohol. Es lo que se llama el derecho de repetición de la aseguradora al reembolso de las responsabilidades satisfechas.
Lo que no cubre el seguro obligatorio
Hay que dejar claro que los seguros obligatorios de responsabilidad civil nunca cubren los daños propios. Esto significa que no cubre al conductor del vehículo culpable, ni a los pasajeros si son familiares hasta tercer grado de consanguinidad. Si son otras personas sí que están cubiertos por este seguro obligatorio. Tampoco cubre los daños en nuestro vehículo.
Sin embargo, es posible que el conductor/tomador reciba alguna indemnización si demuestra que no ha sido el único culpable en el accidente. Es lo que se denomina “concurrencia de culpas” y por el juego de esta figura en la que fija el grado de culpa de los actores del siniestro, si es posible percibir la indemnizaciones.
Consecuencias de la falta de seguro obligatorio
Las consecuencias de circular sin seguro son graves: la inmovilización del vehículo y una sanción administrativa que puede ir de 601 a 3005 euros. Los accidentes ocasionados por vehículos que circulan sin seguro están cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros. Esta entidad pública de cobertura también cubre los daños ocasionados por desastres naturales, como granizo, riadas, vendavales, magma, terremotos, etc. Este tipo de contingencias extraordinarias no las cubren los seguros privados.
Otras coberturas que pueden tener los seguros
Desde el seguro básico hasta el “todo riesgo” hay diversos tipos de coberturas.
Seguro obligatorio
Es el más básico y cubre los daños a terceros. Además de lo ya indicado previamente hay que añadir que todas las compañías aseguradoras suelen incluir en el mismo un servicio de grúa y asistencia en carretera en caso de accidente o avería. Este tipo de póliza es el más barato de todos. A medida que se vayan añadiendo coberturas se irá incrementando el precio de la prima.
Seguro a terceros ampliado
El siguiente nivel sería un seguro a terceros ampliado. Sería añadir coberturas diversas al seguro básico, entre las que destacamos las siguientes:
- Cobertura de lunas del vehículo.
- Cobertura de incendio.
- Cobertura por daños por siniestro por atropello de animales.
Si queremos una póliza más completa podemos suscribir las siguientes coberturas adicionales:
- Defensa jurídica de multas.
- Responsabilidad civil del tomador y conductor ciclista.
- Aseguramiento de otros conductores habituales.
- Robo del vehículo.
- Subsidio por privación de permiso de conducir.
Seguro a todo riesgo
Este seguro cubre todas las contingencias salvo aquellas reservadas al Consorcio de Compensación de Seguros. Es el seguro más caro y completo. Cubre todos los daños, no solo los que se causen a terceros sino también los propios personales y materiales. Incluyen las prestaciones de los seguros a terceros con coberturas complementarias y todo tipo de daños.
Existe la posibilidad de abaratar la prima si se establece una franquicia. La franquicia es un importe mínimo que la aseguradora no indemniza. Es decir si hay una franquicia de 200 euros y la reparación cuesta 1000 euros, el seguro pagaría 800 y los 200 restantes los asume el tomador.
Hemos esbozado las líneas maestras de las coberturas del seguro de automóvil. Lo importante es que podemos hacer un seguro a medida, con las coberturas y servicios que deseamos o necesitemos tener aseguradas, siempre partiendo de un mínimo obligatorio.
Tener un buen seguro puede ahorrarnos dinero y quebraderos de cabeza por lo debemos tener claro que es lo que necesitamos en cada momento. Por último, no debemos olvidar que tan importante como las coberturas aseguradas es el buen funcionamiento y la agilidad de respuesta por la compañía en un momento, el del accidente, en el que precisamos la mejor asistencia posible.